REGIMEN DE TRANSITO ADUANERO
El
consultorio de comercio exterior de la Universidad Icesi – Icecomex
quiere informar a los empresarios, en el día de hoy, sobre el régimen de
tránsito aduanero.
¿Qué es el tránsito aduanero?
Es
la modalidad establecida en el decreto 2685 que permite el transporte
de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, bajo control
aduanero, de una aduana a otra situadas en el territorio aduanero
nacional. En este régimen se pueden dar las modalidades de tránsito,
cabotaje y transbordo.
¿Qué es cabotaje?
Es
la modalidad del régimen de tránsito aduanero que regula el transporte
de mercancías bajo control aduanero, cuya circulación esté restringida,
por agua o por aire, entre dos puertos o aeropuertos habilitados dentro
del territorio aduanero nacional.
¿Qué es transbordo?
Es
la modalidad del régimen de tránsito que regula el traslado de
mercancías del medio de transporte utilizado para la llegada al
territorio aduanero nacional, a otro que efectúa la salida a país
extranjero, dentro de una misma aduana y bajo su control sin que se
causen tributos aduaneros.
¿Cuáles operaciones son permitidas bajo la modalidad de tránsito aduanero?
La
modalidad de tránsito aduanero se solicita y autoriza para las
mercancías que estén consignadas o se cedan a la Nación, las entidades
territoriales y las entidades descentralizadas, a un usuario de una zona
franca, a un titular de un depósito privado, o cuando las mercancías
vayan a ser sometidas a una de las siguientes modalidades de
importación:
a) Importación para la transformación o ensamble.
b) Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.
c) Importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación-exportación.
d) Importación temporal para procesamiento industrial.
a) Importación para la transformación o ensamble.
b) Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital.
c) Importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación-exportación.
d) Importación temporal para procesamiento industrial.
¿Cómo es el proceso para llevar a cabo un tránsito aduanero?
El
tránsito aduanero será autorizado por la aduana si la carga se
encuentran debidamente sellada y precintada desde el país de
procedencia, de forma tal que garantice que la mercancía no pueda ser
extraída de ellas, ni puedan introducirse otras, sin romperse los
precintos colocados en el puerto de embarque.
Para
las mercancías sometidas a la modalidad de tránsito aduanero, no habrá
inspección aduanera en la aduana de partida, salvo cuando la autoridad
aduanera observe que la carga se encuentra en malas condiciones
exteriores, presenten diferencia de peso frente a lo señalado en el
documento de transporte, o se observen signos de violación de los sellos
o precintos de seguridad, en cuyo caso, deberá efectuarse la inspección
física correspondiente y se dejará constancia del resultado de la
diligencia.
La
autoridad aduanera determinará la duración de la modalidad de tránsito
de acuerdo con la distancia que separe la aduana de partida de la de
destino. Dicho término se contará a partir de la fecha de autorización
del régimen y se consignará en la declaración de tránsito aduanero. Para
la ejecución de la operación de tránsito aduanero, los medios de
transporte deberán utilizar las rutas más directas entre la aduana de
partida y la de destino.
¿Cómo se finaliza la operación de tránsito aduanero?
La modalidad de tránsito aduanero finaliza con la entrega de la carga al depósito o al usuario operador de la zona franca, según corresponda, quien recibirá del transportador la declaración de tránsito aduanero, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de la carga con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la aduana.
La modalidad de tránsito aduanero finaliza con la entrega de la carga al depósito o al usuario operador de la zona franca, según corresponda, quien recibirá del transportador la declaración de tránsito aduanero, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de la carga con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la aduana.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario